Subrogación convencional y sucesión legal de empresas
Resumen
En determinados sectores productivos en los que el trabajo se presta en el marco de contratas, es frecuente que los convenios colectivos incorporen la obligación del nuevo contratista de subrogarse en los contratos de trabajo del anterior. Este tipo de cláusulas suscitan numerosos problemas relacionados con la validez de las previsiones convencionales a la luz del art. 44 del Estatuto de los Trabajadores. Cuestiones como la vinculación del contratista entrante al convenio colectivo que impone la subrogación, la legalidad de las cláusulas que condicionan la sucesión de los contratos al cumplimiento de determinadas formalidades o requisitos o aquellas previsiones que limitan los efectos de la subrogación, son objeto de análisis en el presente estudio. A ello se añade el análisis detallado de la doctrina, derivada de recientes pronunciamientos del Tribunal Supremo, conforme a la cual la subrogación convencional no puede reconducirse a la subrogación legal. El contraste de los argumentos empleados para alcanzar tal conclusión y la interpretación emanada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea conduce a una revisión crítica de tal doctrina.
Palabras clave
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